a compañía MASTER CARGA EXPRESS S.A.S, ha definido y establecido una política de prevención al consumo de alcohol, tabaco y sustancias alucinógenas, enfocada a promover el bienestar y la calidad de vida de los funcionarios, que permita un adecuado desempeño y competitividad del personal y de la empresa, así como el fomento de estilos de vida saludables, teniendo en cuenta lo establecido en la resolución 1075 de marzo 24 de 1992, circular 0038 del 2010. 

Es por ello que la compañía establece como directriz de obligatorio cumplimiento por parte de todos los colaboradores administrativos, operativos, contratistas y subcontratistas, el no uso, consumo, distribución y comercialización de sustancias alucinógenas como (bebidas alcohólicas, estupefacientes, tabaco entre otras) dentro de las instalaciones de la empresa o durante la ejecución sus actividades laborales. 

Esta política se enfoca en el desarrollo de estrategias de prevención del consumo de alcohol, tabaco y sustancias psicoactivas, con la participación de los diferentes niveles de la organización fundamentados en principios de igualdad, confidencialidad, equidad y el cumplimiento de los siguientes principios. 

La compañía integral de transportadores las vegas, asigna los recursos necesarios para dar cumplimiento a esta política, y espera por su parte, la participación y colaboración activa de la gerencia, trabajadores, contratistas, subcontratistas, comités y demás grupos de apoyo en los programas de sensibilización y capacitación.  

  

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Jorge Enrique Riaño                                               Diana Marcela Riaño  

Representante Legal                                               Vigía Ocupacional